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Jubilación Ordinaria Integra

Es el beneficio previsional que gozan los afiliados con 30 años de aportes al sistema, implica el paso a una nueva etapa en la que se accede al cobro de haberes mensuales como retribución a los años de actividad laboral. Una vez que se cumplen los requerimientos establecidos por la ley, el profesional puede elegir el momento en el cual solicitar este beneficio, ya que el trámite es voluntario.

Es importante tener en cuenta que el haber jubilatorio está directamente relacionado con los aportes realizados a lo largo de la vida profesional. El haber se compone de 100 MPB (Módulos Previsionales de Beneficio) habiendo aportado al 100% durante su vida apurativa.

¿Cuáles son los requisitos?

Tener mínimo 65 años de edad.

Haber realizado 30 años de aportes.

No registrar deuda con la Caja.

Jubilación por Edad Avanzada

Beneficio previsional que gozan los afiliados con 70 años de edad cumplidos. Que acrediten un mínimo de 15 años de aportes al sistema (50 módulos).

¿Cuáles son los requisitos?

Contar con 70 años de edad.

15 años mínimos de afiliación con aportes a la Caja, de los cuales, 7 años como mínimo deben ser continuos e inmediatos a la fecha de cancelación de matrícula en la Provincia.

No registrar deuda con la Caja.

Jubilación por Invalidez

Beneficio previsional que gozan los afiliados incapacitados física o intelectualmente en forma absoluta y permanente. Invalidez total por enfermedad o accidente, pérdida de por lo menos el 66% de capacidad física o intelectual, para ejercicio actividad profesional. El haber se compone de 100 MPB (Módulos Previsionales de Beneficio) habiendo aportado al 100% durante su vida apurativa.

¿Cuáles son los requisitos?

Acreditar una incapacidad total y permanente para el ejercicio de la profesión. Dicha incapacidad será evaluada por una junta médica, conforme se le hará saber con posterioridad a la solicitud del beneficio.

Ser aportante regular a la fecha que se origina la incapacidad total y permanente. La condición de aportante regular está regulada en los arts.173 a 175 de la ley 12.818. Para verificarlo, puede consultarlo a intergremialescccpac.org.ar

No se requiere una edad determinada.

Reciprocidad Jubilatoria

La edad y servicios requeridos –que deben cumplirse a la fecha de solicitud de jubilación dependen de los requisitos de todas las cajas participantes y los años aportados a cada una de ellas. Se deben acompañar las resoluciones de reconocimientos de servicios de las Cajas Participantes, en los que se informe la edad y los servicios requeridos, el haber teórico total de la prestación.

Otorgado el beneficio, se requerirá a las cajas participantes que aprueben los porcentajes de pago del haber como condición de pago.

La cancelación de matrícula en todo el país es requisito para el cobro del beneficio.

¿Qué documentación se debe presentar?

  1. Formulario de solicitud de jubilación, disponible en la página web. Puede ser completado en formato papel, o enviado a secretariacccpac.org.ar en formato digital (PDF).
  2. Fotocopia del DNI o su imagen en PDF (anverso y reverso).
  3. Constancia de CBU de una cuenta bancaria a nombre del solicitante para el pago del Subsidio Extraordinario, que se otorga junto a la jubilación. Si no tiene cuenta, el Subsidio será abonado en la cuenta que la Caja abra para el pago de la jubilación.
  4. Constancia de matrícula profesional emitida por el Colegio. Si ha cancelado la matrícula, debe estar esa constancia.

Descargar:

Documento Portable (PDF) APP CPAC Descarga de Recibos y Carnet Pasivos
Documento Portable (PDF) FOR-JUB-001 SOLICITUD DE JUBILACIÓN
Documento Portable (PDF) INS-JUB-001 INSTRUCTIVO JUBILACIÓN